En Chile, solo una de cada tres personas bajo prisión preventiva, es condenada a una pena privativa de libertad, “lo que indica que se está aplicando más allá de lo razonable”, detalló el director de la Academia Nacional de Litigación, Leonardo Moreno Holman.
En esa línea, el especialista, agregó que, “esta cifra lo que nos demuestra es que hay una disociación total y la pregunta que tenemos que hacernos como sociedad es ¿Por qué le privamos la libertad durante la realización del proceso, si en definitiva no fuimos capaces de condenarlo?”.
Por ello, aclaró que “la gran lucha que deben dar aquellos que creen en sistemas de enjuiciamiento penal democrático, es la de transmitir al ciudadano el por qué es valiosa la presunción de inocencia y por qué las medidas cautelares son excepcionales. No estar privado de libertad no significa generar impunidad ni ineficacia necesariamente del sistema de persecución penal”.
En tanto, el director del Centro de Estudios de Derecho Penal (CEDEP) de la Universidad de Talca, Raúl Carnevali Rodríguez, agregó que, en este sentido, “los medios de comunicación tienen un rol muy importante a la hora de dar cuenta a la comunidad de la existencia de otros mecanismos y que no solamente puede estimarse la presión preventiva como el único recurso para asegurar la comparecencia en su juzgamiento”.
Este análisis, se dio en el marco del seminario titulado “La prisión preventiva como última ratio” organizado por el CEDEP-UTalca, y que contó con la exposición del catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Pompeu Fabra, Ramón Ragues i Vallès, quien comentó que “en España se utiliza la prisión preventiva, no como último recurso, y la verdad es que se ha logrado reducir bastante su uso y actualmente el 17% de las personas que están en prisión son presos preventivos, pero yo creo que esa cifra se podría reducir más”.
En el seminario, realizado en el Campus Santiago de la casa de estudios, el profesor Ragues comentó algunos aspectos de su libro “La prisión provisional como última ratio”, donde profundizó acerca de los efectos de no usar esta medida como último recurso y obviar otras alternativas existentes como lo son la utilización del dispositivo electrónico de vigilancia, el arresto domiciliario, la prohibición de salir del país, entre otras.
Para finalizar, el académico español destacó que, “con unos ajustes por parte del legislador y sobre todo con una interpretación correcta de los jueces, podríamos conseguir que el sistema de justicia funcionara igual utilizando menos la prisión preventiva que supone poner en prisión a personas que, en algunos casos, son inocentes, lo cual es una decisión muy dramática y muy dura en un Estado respetuoso con las libertades”.