Los días 18 y 19 de septiembre corresponden a uno de los cinco feriados irrenunciables y obligatorios que existen cada año por lo que el comercio debe estar cerrado desde las 21:00 horas del jueves 17 de septiembre y hasta las 06:00 horas del domingo 20 de septiembre de 2020.
Esos horarios podrían variar sólo en el caso de los trabajadores del comercio que trabajen por turnos rotativos.
El subsecretario del Trabajo, Fernando Arab, explicó que “resulta fundamental el respeto de este feriado irrenunciable. Ha sido un año especialmente complejo, en especial, para los trabajadores, por lo que el respeto de sus derechos resulta esencial”.
Se exceptúan del feriado obligatorio e irrenunciable los trabajadores del comercio que se desempeñan en actividades como clubes, restaurantes, expendio de combustibles y farmacias de urgencia, entre otras.
El empleador que no cumpla con otorgar el feriado obligatorio e irrenunciable se expone a multas que van desde las 5 hasta las 20 UTM por cada trabajador afectado por la infracción. Es importante destacar que aquellos locales comerciales que sean atendidos por sus propios dueños y/o familiares directos pueden funcionar.
“La Dirección del Trabajo habilitará un banner en su sitio www.direcciondeltrabajo.cl a partir del día 17 de septiembre en la tarde, para que aquellos trabajadores del comercio a los que se les esté obligando a trabajar, puedan realizar su denuncia”, dijo la Directora del Trabajo, Lilia Jerez.
El banner que dispondrá la Dirección del Trabajo en su sitio para denunciar o para acceder a la normativa vigente sobre feriados obligatorios e irrenunciables, estará activo entre las 18:00 horas del jueves 17 de septiembre y las 15:00 horas del sábado 19 de septiembre.
Durante el feriado del 18 y 19 de septiembre de 2019, 59 empresas fueron multadas por no respetar el feriado, por un total de 60 millones de pesos. En tanto, 116 trabajadores fueron suspendidos de turnos que no debían estar cumpliendo.