Listo para ser despachado desde el Congreso al Ejecutivo para que lo promulgue como ley de la república, quedó el proyecto que establece nuevas y rigurosas normas en el etiquetado y publicidad de bebidas alcohólicas luego que el Senado aprobara con 27 votos a favor y 1 abstención, el informe de la Comisión Mixta que logró zanjar las diferencias suscitadas entre ambas ramas del Parlamento.
Este proyecto, originado en cuatro mociones, regula la publicidad que incentiva el consumo de alcohol; busca revertir el consumo de los menores de edad; incorpora en los envases y en la publicidad, leyendas que adviertan sobre los efectos del alcohol en la salud; y estimula el cumplimiento de las normas de la ley sobre expendio y consumo de bebidas alcohólicas.
Esto, ante las alarmantes cifras de consumo de bebidas alcohólicas entre menores, adolescentes y jóvenes, que en Chile -y de acuerdo a cifras entregadas en el debate- se inician precozmente en la ingesta de alcohol a los 13 años de edad.
Fue la presidenta de la Comisión Mixta, senadora Carolina Goic, quien explicó los principales alcances de la iniciativa, entre las que destaca la que prohíbe la publicidad de bebidas alcohólicas en eventos deportivos a nivel nacional, la que entrará plenamente en vigencia 36 meses después de que se haya dictado el reglamento respectivo.
Agregó que se establece la obligatoriedad de poner una advertencia para todas las bebidas alcohólicas sobre 0,5 grados; que el tamaño del etiquetado sea del 15% del respectivo embalaje o envase; se regula la publicidad en TV y radio; y se prohíbe la publicidad en bienes de uso público, entre otras medidas.
A su turno, el Ministro del Interior y Seguridad Pública Rodrigo Delgado, agradeció el trabajo hecho y señaló que es un avance importante para la protección de los menores y adolescentes. Más aún, cuando el 2019 un porcentaje importante de estudiantes declararon haberse embriago al menos una vez en el último mes.
En lo fundamental, el proyecto:
– Prohíbe la venta de bebidas alcohólicas en estaciones de servicio o bombas bencineras.
– Aumenta, de 16 a 18 años, la edad para ingresar a discotecas, cuando en ellas se vendan bebidas alcohólicas y obliga a acreditar edad con documento oficial, para ingresar a cualquier establecimiento en que se expendan bebidas alcohólicas.
– Obliga etiquetar las bebidas alcohólicas y sus embalajes con una advertencia clara, precisa y visible sobre las consecuencias de su consumo nocivo.
– Prohíbe toda acción gráfica de estimulación al consumo de alcohol en bienes de uso público.
– Fija horarios para la publicidad de bebidas alcohólica en TV (entre las 22:00 PM y las 06:00 AM); quedando prohibida cualquier forma de publicidad comercial o no comercial, directa o indirecta de bebidas alcohólicas en radios, entre las 16:00 y las 18:00 horas; en actividades deportivas (con excepción de mega eventos deportivos realizados en Chile) y en cualquier producto, publicación o actividad destinada, exclusivamente, a menores de edad.
– Los artículos deportivos destinados a ser distribuidos masivamente, tales como camisetas y uniformes, y los objetos promocionales vinculados a toda clase de actividades deportivas, no podrán contener nombres, logotipos o imágenes de marcas de bebidas alcohólicas.