El excedente es un monto a favor del usuario o usuaria de una isapre que corresponde a la diferencia entre el 7% de cotización obligatoria y el valor del plan. Por ejemplo, si el descuento del trabajador o trabajadora es de 5 UF (alrededor de $175 mil) y el costo del plan es de 4 UF ($140 mil), el excedente será de 1 UF ($30 mil). Por tanto, el excedente es el dinero que generan los afiliados a isapres al tener una cotización mayor al del costo de la salud previsional.
La devolución de excedentes y excesos se realiza todos los años, pero a diferencia de otros ejercicios, en 2023 se produce una situación particular: el retorno a las y los afiliados debe incorporar el dinero cobrado en el primer proceso de adecuación. Esto como consecuencia del fallo de la Corte Suprema que dejó sin efecto el alza para todos los planes de salud individuales.
De esta manera, el reembolso asciende a los tres meses que alcanzó a estar vigente el alza. En definitiva, a fines de enero de 2023 las prestadoras deberán retornar a sus usuarios y usuarias los excedentes acumulados en sus cuentas individuales. La cifra supera los $113 mil millones.
¿Cómo puedo utilizar (gastar) mis excedentes?
Pueden ser utilizados exclusivamente para prestaciones sanitarias, como compra de bonos o medicamentos en farmacias asociadas, o eventualmente el pago de cotizaciones en caso de cesantía. Además, los fondos se pueden destinar para cubrir atenciones o exámenes que no son financiados por el plan, pagar cuotas de un préstamo de salud o financiar un plan mientras se tramita la jubilación.
¿Dónde averiguo cuánto me corresponde de reembolso?
La información sobre si hay excedentes y a cuánto asciende el monto se encuentra disponible en el sitio web de la Superintendencia de Salud. Allí, los y las usuarias deben buscar la opción de “consultar excedentes”, luego ingresar su RUT sin punto y sin guion y el número de serie del documento (finalmente, verificar la casilla de seguridad).
¿Cuál es la diferencia entre excedentes y excesos?
A diferencia de los excedentes, los excesos se producen porque el 7% de su remuneración es superior al tope legal de 81,6 Unidades de Fomento. También se pueden originar porque el empleador o empleadora pagó dos veces la cotización en un mismo período. Otra diferencia es que los excesos deben ser devueltos únicamente en forma de dinero y no a través de prestaciones médicas.
¿De qué forma se devuelven los excedentes? ¿Efectivo, transferencia bancaria, vale vista u otro?
En caso de que los afiliados y afiliadas tengan sus datos personales y bancarios utilizados, la devolución se puede realizar en su propia cuenta. No obstante, si la entidad prestadora no tiene una cuenta bancaria registrada, el pago del saldo a favor se realiza en la sucursal más cercana al domicilio a través de un cheque nominativo o un vale vista que podrá ser cobrado en cualquier sucursal del banco donde haya sido emitido. Si el monto es inferior a 0,08 UF (2.816 pesos), la isapre debe informar si el dinero puede ser retirado en cualquier sucursal o en su página web.
¿En qué fecha debe ocurrir la devolución dependiendo de cada isapre?
Desde marzo de 2020, las Isapres deben devolver anualmente a sus afiliados y afiliadas el saldo acumulado de sus cuentas individuales de excedentes de cotización. Para el año 2023, las fechas de devolución de excedentes son las siguientes:
– Vida Tres: 27 de enero.
– Banmédica: 27 de enero.
– Nueva Masvida: 30 de enero.
– Cruz Blanca: 31 de enero.
– Consalud: 31 de enero.
– Colmena: 31 de enero.