Analizando dos fenómenos actuales en Chile, como son las voces que piden indultos para los “presos de la revuelta” y los mal denominados “supremazos”, que han limitado el delito sanitario a hipótesis reales de riesgo para la salubridad pública en pandemia, imposible se hace no recordar al profesor Raúl Zaffaroni en torno al tema del poder punitivo que toca en su obra “La cuestión criminal”.
La reflexión del maestro tiene que ver con que el poder punitivo ejercido bajo un modelo de decisión vertical ha sido históricamente propio de una sociedad que tiene marcadas divisiones, inequidades, castas, clases o jerarquías. Qué duda cabe que el Chile actual es una sociedad que reúne tales características; prueba de ello se puede mencionar la desigualdad crónica que ha sido diagnosticada desde el frente interno y externo y la cada vez más marcada costumbre de resolver todo conflicto con una ley penal.
Pues bien, recientemente, ante dos problemas de corte social que nos ha tocado vivir, la respuesta penal surge violenta como forma de solución de problemas “criminales”, más bien aparentes que reales, y como el Derecho Penal no es un juguete, más temprano que tarde diversos sectores de la sociedad se dan cuenta que su uso no era necesario, o su excesivo rigor, lejos de solucionar el problema, en definitiva, lo agrava.
Así, el bastante discutible indulto a los presos de la revuelta, que cada vez toma más inmerecida fuerza, está siendo promocionado por quienes lo plantean como una herramienta para suavizar el rigor de cautelares aplicadas al fragor de un conflicto social, mas no necesariamente delincuencial puro y duro, al que una mirada más estratégica y horizontal del problema permitiría darle, según ellos, una solución más de fondo y tal vez más proporcional a muchos hechos, no todos por cierto, que se vivieron en torno al denominado 18-O, y que luego de muchos meses de investigación, largas prisiones preventivas, han terminado en absoluciones o condenas de baja entidad.
Por otra parte, pero no menos relacionado a lo anterior, los fallos sucesivos de la Excelentísima Corte Suprema que no hacen más que aplicar, correctamente a mi juicio, principios básicos de Derecho Penal, vienen a racionalizar la política criminal llevada adelante por policías, Ministerio Público y también por algunos jueces de la República, en torno a criminalizar conductas inocuas, pero incómodas para la autoridad en un contexto nuevo y difícil, como es el que todavía estamos viviendo en torno al COVID-19.
Estas dos medidas tenderían a poner paños fríos a la forma en que el Estado pretende solucionar problemas sociales de fondo y una catástrofe sanitaria sin precedentes utilizando la verticalización del poder punitivo estatal de una manera desmedida y sin control, generalmente sobre los más vulnerables o los diversos, tal y como lo explica Zaffaroni en su libro.
Lo cierto, es que más allá de estas citas y reflexiones, hay delitos que sí existen y apremia perseguir, pero a través de una política criminal inteligente y no cegada por la contingencia. Son otros flagelos, los del consumo de droga, de alcohol en exceso que provocan numerosos delitos, la falta de trabajo, de formación profesional, o de oportunidades de ocupar sanamente el tiempo libre en la juventud, la inexistencia de reinserción verdadera para los que cumplen penas en la cárcel, y un largo etc., que a veces dejamos de mirar por dedicar tiempo y esfuerzo valioso a delitos más aparentes que reales.