Los funerales narco o funerales de alto riesgo son eventos que buscan exaltar la memoria de personas consideradas mártires para bandas criminales en los que se desarrollan diferentes faltas y conductas impropias para la sana convivencia de la población.
En este contexto, el presidente Boric presentó el proyecto de ley para limitar de forma estricta los funerales narco, propuesta que se suma al plan de demolición de “narco mausoleos” a lo largo de todo Chile.
“Vamos a enfrentar la cultura narco en todas sus dimensiones. La seguridad de nuestros compatriotas no puede esperar”, Gabriel Boric Font, Presidente de la República.
Con estas y otras medidas el gobierno busca enfrentar duramente la cultura narco y todos los ilícitos asociados, para así recuperar los espacios públicos tomados por estos grupos y dar tranquilidad a la ciudadanía.
¿Qué dice el proyecto de ley?
El proyecto de ley tiene como objetivo prevenir la ocurrencia de eventos delictivos y actos de violencia e inseguridad social asociados a estos funerales de riesgo, a través de la regulación de la realización de funerales de riesgo para la seguridad y el orden público.
En concreto, el proyecto de ley presentado por el Presidente de la República, Gabriel Boric, busca limitar el plazo y los lugares para llevar a cabo la sepultura en casos de funerales que presenten un riesgo para la seguridad y, al mismo tiempo, establecer criterios y condiciones para realizarlos.
Este proyecto cuenta con apoyo transversal de distintos sectores políticos, prueba de ello son las dos mociones parlamentarias en esta materia, la primera desarrollada por parlamentarios del partido Socialista y, la segunda, por parlamentarios de Chile Vamos y del Partido Republicano.
El proyecto de ley para limitar los funerales narco o de alto riesgo establece que la totalidad del proceso funerario se debe realizar en un plazo máximo de 24 horas desde el fallecimiento.
Dentro de las 24 horas desde el fallecimiento, se deberá llevar a cabo la totalidad del proceso funerario, que contempla el traslado del fallecido desde el lugar del del deceso o desde el Servicio Médico Legal, hasta el lugar donde se realizará la correspondiente sepultura o cremación.
La ceremonia o acto fúnebre deberá realizarse exclusivamente en las instalaciones del cementerio o crematorio legalmente autorizado donde será la sepultura o cremación del fallecido.
El Delegado Presidencial Regional respectivo se encargará de ordenar que la sepultura se realice dentro del plazo de veinticuatro horas desde el fallecimiento, previo informe técnico de Carabineros de Chile, que en base a una evaluación caso a caso, definirá si se trata de un funeral de riesgo para la seguridad y el orden público.
¿Cómo se establecerá el nivel de riesgo de un funeral?
La metodología para establecer el nivel de riesgo del funeral y el contenido del informe que deberá emitir Carabineros de Chile se establecerá en un reglamento elaborado por el ministerio a cargo de la seguridad pública.
Además, se establece que el Oficial del Registro Civil e Identificación, al momento de emitir el pase o licencia que autoriza la sepultura, deberá consignar el número y fecha de la resolución emitida por la o el Delegado Presidencial Regional respectivo, en la que se establezca la obligatoriedad de llevar a cabo la inhumación dentro de las veinticuatro horas siguientes al fallecimiento.
El proyecto lista un catálogo de delitos que en caso de cometerse en el contexto de un funeral de riesgo, verán agravada su pena. Estos delitos son: la interrupción u obstaculización de la circulación en la vía pública, saqueos en establecimientos comerciales, riñas o peleas, y aquellos que portaren armas, fuegos artificiales, entre otros, imponiendo el máximo de la pena señalada por la ley a ese delito.