La Organización de Consumidores y Usuarios de Chile, ODECU, inició una demanda compensatoria en contra de un grupo de automotoras, en defensa de los intereses colectivos de los compradores, de más de 185.000 vehículos, que sufrieron perjuicios derivados del sobreprecio del transporte marítimo.
La concertación comercial -sancionada judicialmente tanto en Chile como en el extranjero- subió artificial y coordinadamente los costos del transporte marítimo entre el año 2000- 2012. Estos sobreprecios fueron, finalmente, traspasados por las automotoras a los consumidores, sin compensarlos debidamente – y tal como indica la ley- por el perjuicio sufrido.
Las automotoras demandadas, entre las que se incluyen BMW, Ford, Chevrolet, Piamonte, Subaru, Valenzuela & Delarze, Pompeyo Carrasco, Salfa, Salazar & Israel, Portillo, Kia, Derco y Mazda Chile, trasladaron los sobrecargos de flete de vehículos sin tomar medidas para evitar o compensar esta anomalía, a pesar de la sentencia contra las navieras.
El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) y la Corte Suprema en el año 2020 condenaron a las navieras NYK, MOL y CSAV, por su participación en el cartel de transporte marítimo, estableció que infringieron la Ley Nº 211 al llegar a acuerdos para aumentar artificialmente los precios en las rutas entre Europa y América.
«Una vez descubierto y sancionado el cartel, las automotoras no tomaron medidas para compensar a los consumidores, como han hecho otras empresas comerciales en todo el mundo. Lo anterior constituye una falta de profesionalismo que deja a los consumidores en indefensión, toda vez que son quienes han soportado directamente los efectos económicos del ilícito y el sobreprecio”, explicó Stefan Larenas, presidente de ODECU.
Ante estos hechos, ODECU ha presentado una demanda en defensa de los intereses colectivos de los consumidores que sufrieron perjuicios debido a la inacción de las demandadas para reparar los daños causados por los abusos en los precios del transporte marítimo en la venta de vehículos importados.
Compensación económica
El objetivo de la demanda es proteger los intereses colectivos de los clientes que fueron obligados a pagar costos excesivos de transporte marítimo de vehículos nuevos entre los años 2000-2012.
ODECU exige que las automotoras demandadas paguen una indemnización de $212.665 a cada afectado, en concepto de daño emergente, daño moral y daños punitivos. Asimismo, se solicita un aumento del 25% en la indemnización debido a la negligencia de las demandadas.
En este caso, se propone imponer una multa de 0,30 Unidades Tributarias Anuales por cada vehículo motorizado comercializado por cada demandada durante el período de colusión sancionado. El monto total de las multas solicitadas asciende a 55.526.100 Unidades Tributarias Mensuales.
CUENTA | BMW | Ford | GM | Chrysler | Indumotora (Subaru) | Nissan / Renault | Toyota | Indumotora (Kia) |
PIAMONTE | X | X | ||||||
VALENZUALADELARZE | X | |||||||
FORCENTER | X | |||||||
INALCO | ||||||||
SALFA | X | X | X | X | ||||
DERCO | X | X | ||||||
BMW | X | |||||||
INDUMOTORA | X | X | ||||||
SALAZARISRAEL | X | X | X | |||||
PORTILLO | X | X | ||||||
POMPEYOCARRASCO | X | X | X | |||||
INCHCAPE | X |
Automotoras vendieron directamente a consumidores vehículos importados con precios inflados debido al acuerdo colusivo de las navieras