A contar de esta semana, los problemas que deben enfrentar los padres en casos de pensiones de alimentos, cuidado personal (tuición) y régimen de visitas, pueden ser solucionados mediante la nueva Mediación Familiar en Línea, como una manera alternativa de resolver los conflictos, sin necesidad de llegar a un juicio.
Para acceder, se debe solicitar una hora en el sitio web www.mediacionchile.gob.cl/, ingresando a “Mi Portal”, o en el Centro de Mediación Familiar más cercano, a través de un correo electrónico o en forma presencial (ver paso a paso más abajo).
La Mediación Familiar en línea es fruto de la aprobación de la ley que “Reforma el Sistema de Justicia para enfrentar la situación luego del estado de excepción constitucional”, y está disponible —en una primera etapa— en 67 de los 161 Centros de Mediación Familiar del país. Posteriormente, en octubre de este año, se llegará al total de las oficinas (ver listado aquí).
Asimismo, es importante recalcar que las sesiones de Mediación Familiar en Línea se realizarán solamente si: todas las partes están de acuerdo; todas las partes cuentan con internet y computador; y todas las partes cuentan con un lugar donde se pueda mantener la confidencialidad del proceso, sin presencia de terceras personas.
La Mediación Familiar en línea es gratuita en el 98% de los casos, y entrega una solución a los conflictos en un máximo 60 días, con la misma validez que un juicio completo.
Al respecto, el Ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, indicó que “este es otro paso más que estamos dando para acercar la justicia a las personas, haciéndola más cercana y poniéndola a disposición de la ciudadanía. Con la Mediación Familiar en Línea, estamos seguros que este servicio aumentará mucho su uso, ya que permitirá que los padres puedan solucionar sus diferencias desde donde quieran, sin necesidad de realizar traslados, y con la posibilidad de llegar a un acuerdo rápidamente, evitando los largos y costosos juicios”.
El paso a paso para obtener una Mediación Familiar en Línea:
1. Luego de pedir una hora, la parte interesada debe manifestar interés en tener sesiones remotas. El único requisito es que uno de los dos usuarios, viva en el territorio jurisdiccional del Centro de Mediación.
2. El Centro de Mediación notifica a la otra parte solicitada, quien debe manifestar querer sesiones remotas; contar con internet y computador, y tener un lugar privado para realizar la mediación.
3. En caso que todas las partes estén de acuerdo, el Mediador/a les enviará un “Consentimiento Informado”, donde están descritas las condiciones de la sesión, y que debe ser firmado con Clave Única, adjuntando una copia del carnet.
4. El Mediador/a indicará el día, la hora de la sesión, la plataforma de videoconferencia a utilizar para la conexión (Zoom, Google Meet, Microsoft Teams) y el link de conexión para la sesión.
5. Si la Mediación se frustra, el Mediador/a emitirá un Acta de Mediación Frustrada.
6. En caso de llegar a un Acuerdo, el Mediador/a les solicitará firmar el acuerdo en forma presencial o utilizando Clave Única, en el banner “Mi Portal” del sitio web www.mediacionchile.gob.cl.
7. Todos los documentos de la causa, quedarán disponibles para ser consultados u obtener copia digital gratuita en “Mi Portal” del sitio web de Mediación Familiar.