A contar de ayer y durante todo el mes de mayo, los y las pensionadas de la Región del Maule, recibirán el pago de su Bono de Invierno, beneficio en dinero que entrega el Estado a las personas que cumplen con los requisitos establecidos en la ley, con el objetivo de que puedan estar mejor preparados para enfrentar los gastos que surgen en este período.
Así lo informaron la seremi del Trabajo y Previsión Social, Marlene Torrealba Retamal y el director regional del IPS Maule, Waldo Quevedo Araya, al dar a conocer el alcance de este beneficio.
“En el caso de nuestra región, el Bono de Invierno llegará a más de 54 mil pensionados y pensionadas del IPS, quienes no deben hacer ningún trámite porque el pago es automático, viene incluido en la pensión. El Estado desembolsará más de 3 mil 800 millones de pesos por este concepto, con el objetivo de apoyar a las personas pensionadas con mayor vulnerabilidad”, afirmó la seremi del Trabajo y Previsión Social.
Por su parte, el director regional del IPS Maule, indicó que: “Este año el bono de invierno alcanza los 70 mil 336 pesos por pensionada o pensionado y para poder obtenerlo las personas deben tener 65 o más años al 1 de mayo 2022 y una pensión igual o inferior a los 182 mil 167 pesos”.
De igual modo, las autoridades explicaron que la concesión de este beneficio no considera el valor de la Pensión Garantizada Universal ni del Aporte Previsional solidario de Vejez, para aquellos que lo reciben, y sólo se toma en cuenta el monto base de la pensión que reciben.
“El IPS y su red ChileAtiende han generado todas las acciones para que, en el caso de sus beneficiarios y beneficiarias, el bono de invierno se incluya, como es habitual, en la liquidación de pago de pensión del mes de mayo 2022; como también para atender las consultas de la ciudadanía”, explicó Waldo Quevedo Araya.
Personas Beneficiadas
Tienen derecho al Bono de Invierno los siguientes grupos de pensionados:
-Del Instituto de Previsión Social, IPS.
-De Pensión Garantizada Universal (PGU), ex PBSV.
-Del Instituto de Seguridad Laboral.
-De las Mutualidades de Empleadores de la Ley N° 16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
-De la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (Dipreca).
-De la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).
-De AFP y compañías de seguros que perciban en el mes de mayo el beneficio de Pensión Garantizada Universal (PGU), Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
Para más información y consultas, el Instituto de Previsión Social ha dispuesto los siguientes canales de atención: www.ips.gob.cl, www.chileatiende.cl, Call Center 600 440 0040 y redes sociales ChileAtiende en Twitter, Facebook e Instagram.