El 26 de abril, comenzó a regir la nueva ley que reduce la jornada laboral desde las 45 a las 40 horas semanales en un plazo de cinco años.
A raíz de esta acción, trabajadores y trabajadoras de la Corporación Cultural de Curicó, recibieron una charla informativa para aclarar sus dudas e inquietudes en relación a la entrada en vigencia de la Ley de 40 Horas, labor que se gestionó a través de un trabajo intersectorial entre la Secretaría Regional Ministerial de Gobierno y la Dirección del Trabajo (DT) del Maule.
Dentro de la temática presentada se trató uno de los primeros cambios el cual será el inicio gradual de la reducción de la jornada laboral.
Este primer año, la jornada laboral bajará de 45 a 44 horas semanales. Luego, en 2026, las horas semanales bajarán a 42 horas y ya en 2028 la jornada laboral caerá a 40 horas semanales.
No obstante, la ley autoriza a que las empresas que quieran reducir la jornada ahora, sin esperar ese plazo, lo puedan hacer.
A modo de ejemplo, en la región del Maule, se encuentran 30 empresas, ya utilizando el sistema 40 horas y alrededor de 230 en proceso de adscribirse.
La seremi (s) de Gobierno, Erika Ubilla, en relación a esta jornada, indicó que “cómo Gobierno del Presidente Gabriel Boric, tenemos la labor de comunicar y socializar la información de la ley de las 40 horas con todas y todos los trabajadores, con ello, buscamos que estén al tanto de todas las garantías que trae esta ley, con la intención de mejorar su calidad de vida laboral y familiar”.
Agregó que “cómo gobierno, estamos muy contentos que se esté llevando a cabo esta ley de 40 horas. En la práctica, la reducción de la jornada laboral, nos permitirá compatibilizar el trabajo con la vida familiar, la vida en comunidad y haciendo incluso más productiva las empresas donde trabajamos”.
El expositor central de esta jornada, sobre la Ley de 40 Horas, fue, Drago Lillo, coordinador de atención de usuarios de la Dirección del Trabajo, quien indicó que: “Expusimos sobre la ley de las 40 horas, pero también pudimos atender sobre las dudas e inquietudes que las y los trabajadores presentaron en relación a la aplicación de esta ley. Especialmente, sobre el artículo 22, inciso segundo, o el cambio de horas extras por feriados que estipula esta nueva ley”, concluyó Drago.
Por su parte, Patricio Toro, director ejecutivo de la Corporación Cultural Municipal de Curicó, en relación a esta jornada, señaló que: “Primero dar las gracias por esta jornada, ya que las y los trabajadores tenían muchas dudas, inquietudes y consultas, pero las aclararon, pero también como representante del empleador, pudimos aclarar nuestras dudas sobre esta ley de 40 horas y solo nos queda agradecer a la seremi de gobierno y a la Dirección del Trabajo por esta exposición muy explicativa”, concluyó.
De acuerdo a lo informado por la Dirección del Trabajo, hay dos fórmulas para reducir la jornada laboral. La primera es de mutuo acuerdo de las partes, donde empleadores y trabajadores deberán pactar la forma en que se irá materializando el ajuste horario.
De no haber acuerdo, el empleador deberá reducir al menos una hora la jornada diaria en alguno de los 5 días que forman parte de la jornada semanal en caso que la jornada laboral sea de lunes a viernes. Si es de 6 días, de lunes a sábado, el dictamen sostiene que la reducción deberá ser de 50 minutos en una jornada diaria y la fracción de 10 minutos en otra, en alguno de los 6 días que forman parte de la jornada semanal.
Cabe consignar que esta Ley de 40 horas, también trae consigo, el derecho, para trabajadores que son madres, padres o cuidadores de niños de hasta 12 años, de adecuar la jornada laboral con bandas horarias. Es decir, el padre o la madre, podrán anticipar o retrasar hasta en una hora el comienzo de sus labores lo que determinará también el horario de salida al final de la jornada.
Por ejemplo, si un trabajador ingresa por contrato a las 9.00 horas y sale a las 17.00 horas, podrá adelantar el ingreso a las 8.00 y a las 16.00; o bien, retrasar la entrada a las 10.00 y salir a las 18.00.
Más información en www.direcciondeltrabajo.cl o www.mintrab.gob.cl.