A contar de enero de 2023, el ingreso mínimo mensual subirá desde $400 mil a $410 mil debido a que la variación del IPC a diciembre de 2022 superará el 7%. Esta inédita medida que fue establecida en la Ley aprobada en mayo del año pasado, afectará a las remuneraciones que se devenguen desde el primer mes del año, beneficiando a cerca de 1 millón de personas que reciben estos ingresos.
Cabe recordar que la Ley N° 21.456 determinó un reajuste histórico del salario mínimo en dos fases: desde $350 mil hasta $380 mil en mayo, y luego a $400 mil en agosto pasado, fijando un alza adicional si es que la inflación superaba el umbral mencionado anteriormente, lo que también aplica para los otros ingresos mínimos mensuales existentes (personas menores de 18 o mayores de 65 años y para fines no remuneraciones).
Normativa | Vigencia | IMM > 18 años y < 65 años | IMM < 18 años y > 65 años | Fines no remuneraci onales | Var. % |
Decreto N° 2 del 6 de enero de 2022 del Ministerio de Hacienda | 1 de enero de 2022 | $350.000 | $261.092 | $225.606 | |
Ley N° 21.456 | 1 de mayo de 2022 | $380.000 | $283.471 | $244.944 | 8,6% |
Ley N° 21.456 y Decreto N° 1089 del 11 de Julio de 2022 del Ministerio de Hacienda | 1 de agosto de 2022 | $400.000 | $298.391 | $257.836 | 5,3% |
Decreto pendiente conforme al art. N° 8 de la ley N° 21.456 | 1 de enero de 2023* | $410.000* | $305.851* | $264.282* | 2,5% |
Nota: Los valores consideran la normativa señalada y, para enero de 2023, se calcula asumiendo que la variación acumulada del IPC supera los 7% en un periodo de 12 meses a diciembre de 2022 (este valor será conocido en 6 de enero de 2023).
El ministro de Hacienda, Mario Marcel, destacó la existencia de este mecanismo de protección para los trabajadores, diseñado como fruto de un acuerdo con la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), asociaciones de MiPymes y que fue apoyado por parlamentarios de todas las fuerzas políticas. “En una sola negociación se acordaron aumentos inmediatos en mayo, otro diferido en agosto y un último condicional a la inflación que ocurrirá ahora en enero a $410 mil”, explicó.
La ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, relevó las conversaciones con la CUT. En ese sentido, sostuvo que “es necesario relevar la disposición al diálogo, que fue, en definitiva, lo que nos permitió llegar a este acuerdo entre el Gobierno y la CUT. Luego de varios años en que no hubo conversaciones, tanto el espacio de conversación como el acuerdo mismo, adquieren un carácter de alta relevancia. Además, ese acuerdo estuvo acompañado con una serie de medidas en paralelo, como el aumento de la Asignación Familiar y el Subsidio Único Familiar por la variación de la canasta básica de alimentos”.
Las autoridades informaron también que esta misma ley estipuló que, si el IPC superara el 7% en doce meses, se reajustarán, en la misma proporción, los montos y los tramos de la Asignación Familiar (AF) y el Subsidio Único Familiar (SUF), beneficiando a 2,1 millones y 1,2 millones de causantes respectivamente (datos al primer semestre 2022).
Vigentes desde agosto 2022 | Entrarán en vigor en enero de 2023 | |||||
Límite inferior Tramo | Límite superior Tramo | Subsidio | Límite inferior Tramo | Límite superior Tramo | Subsidio | |
Asignación Familiar | $0 | $419.414 | $16.418 | $0 | $429.899 | $16.828 |
$419.414 | $612.598 | $10.075 | $429.899 | $627.913 | $10.327 | |
$612.598 | $955.444 | $3.184 | $627.913 | $979.330 | $3.264 | |
Subsidio familiar | $16.418 | $16.828 |
Nota: Los valores se calcula asumiendo que la variación acumulada del IPC supera los 7% en un periodo de 12 meses a diciembre de 2022 (este valor será conocido en 6 de enero de 2023).
Subsidio Mipyme y aporte canasta de alimentos
Adicionalmente, la Ley N° 21.456 estableció dos nuevos subsidios. Uno relacionado con el aumento del costo de la vida, denominado aporte compensatorio del aumento del valor de la canasta básica de alimentos; y otro consistente en un subsidio temporal a las micro, pequeñas y medianas empresas (MiPymes), que busca apoyar a estas firmas por el alza en el costo de remuneraciones.
Con respecto a este último subsidio, se modificarán los montos dado que se cumple el aumento de IPC sobre 7% en doce meses. Los nuevos valores regirán a partir de enero y seguirán hasta abril de 2023, cuando el monto por trabajador se incrementará de $26.000 a $32.000 por empleado y se considerará a los trabajadores que registren ingresos imponibles entre $409.000 y $411.000 y entre
$511.500 y $513.500.
Por último, el aporte compensatorio del aumento del valor de la canasta básica de alimentos se pagará hasta el 30 de abril de 2023 cuyos valores se modifican de manera mensual conforme se publican los nuevos valores de la Canasta Básica de Alimentos. El último informado corresponde al 20 de diciembre pasado y estipula un Aporte en enero de 2023 de $13.516 por carga.