A propósito de los principios de pluralismo jurídico aprobados en general por el pleno de la Convención, mucho se ha hablado de la igualdad ante la ley tanto para defender como para rechazar. Quienes rechazan esgrimen que tal igualdad terminó al crear tribunales especiales para los pueblos originarios, y para quienes lo aprobaron defienden su postura al dar una posibilidad real de igualdad ante la ley a minorías que le han impuesto una ley discriminatoria o negacionista de su cultura, que no reconoce su ley o costumbres ancestrales.
Pero claro, quienes han negado desde el inicio cualquier cambio, pretenden mantener su visión, la de la actual constitución, sin comprender ni menos empatizar con una realidad que ya no es posible seguir ocultando: somos un país plurinacional. Tal persistencia, que denota una desconexión total con lo sucedido desde octubre de 2019, hace que conflictos de más de un siglo y medio, como wallmapu, lo vean solo como un problema de orden público, es decir, atacando a la consecuencia del problema y no sus causas.
El pluralismo jurídico, no significa de modo alguno, atentar contra el principio de igualdad ante la ley, sino fortalecerla y hacerla real no solo en la teoría sino en los hechos al reconocer otros fenómenos que no se hace cargo nuestro derecho positivo (conjunto de normas jurídicas escritas), como la cultura y de la identidad étnica, o la estructura familiar, social y religiosa de la comunidad y los valores culturales propios de la etnia. Su desconocimiento es la evidencia de que el derecho y el orden jurídico oficial encarnan formas opresivas de discriminación mediante una imposición que atenta justamente con el principio de igualdad que tanto se profesa.
Hacer realidad esta pluralidad se traduce en la creación de tribunales especiales que resuelva diferencias dentro de cada etnia apelando a las costumbres propias de cada cultura, en la medida que tal actuación jurisdiccional guarde armonía con los principios y valores de la Constitución, y fundamentalmente, en fiel respeto a los derechos humanos.
De hecho, es una normativa que funciona en países como Canadá, México, Colombia, Nueva Zelanda, Bolivia, entre otros. En Canadá coexisten, y no solo para temas indígenas, el derecho consuetudinario (la costumbre) y el civil (regulado por escrito), lo que exige criterios de flexibilidad jurídica. En Colombia, existe una jurisdicción (tribunal) especial indígena y los tribunales ordinarios nacionales que operan con sistemas particulares en materia de aplicación de justicia. En Nueva Zelandia incluso tienen tribunales especiales para los maoríes que se encargan de las reclamaciones de tierras o del incumplimiento del Tratado de Waitangi (acuerdo con los maoríes que reconoce los derechos de propiedad de la población maorí sobre inmuebles y recursos naturales, entre otras disposiciones).
Lo aprobado en la Convención es la norma general, sin embargo, por si sola pueda generar problemas si en sus indicaciones o modificaciones no se resuelven cuestiones fundamentales como son su alcance y las contiendas de competencia entre estos tribunales especiales y los ordinarios, es decir, cuál tribunal tendrá mejor derecho para conocer de un conflicto cuando el límite territorial sea difuso o los intervinientes no sean solo indígenas.
Sin embargo, a pesar de que esta pluralidad jurídica sea una consecuencia obvia de la plurinacionalidad que tanto se reclamó en las calles, la aprobación de esta norma generó que algunos convencionales de derecha se declararan en “estado de reflexión” alegando que se ha terminado la igualdad ante la ley. En útil recordar que en Chile ya coexisten tribunales especiales como es la justicia militar, que conoce y ha conocido delitos comunes cometidos por militares que han afectado civiles, a partir de los cuales se cometieron horrendos abusos en la impartición de justicia bajo una mirada cómplice del poder judicial que hoy se quiere cambiar, sin que jamás se haya alegado por parte de la misma derecha un atentado al principio de igualdad ante la ley.
No basta solo escribir “igualdad ante la ley” dentro de la Constitución sin darle una institucionalidad mínima para que tan ansiado principio se haga realidad con estricto apego y reconocimiento a nuestra diversidad cultural y étnica. Entenderlo requiere empatía, comprensión, reconocimiento y solidaridad, valores que tampoco basta escribirlos, hay que practicarlos con genuino desprendimiento … tal vez lo que falta para quienes temen perder la hegemonía del poder.
José Ignacio Cárdenas Gebauer
Abogado autor del libro “El Jaguar Ahogándose en el Oasis”
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