En tercer y último trámite constitucional se aprobó hoy la ley que modifica la ley orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios que privilegia la cercanía al domicilio del elector en la asignación del local de votación. Así lo informó la diputada DC Joanna Pérez miembro de la comisión de Gobierno Interior, quien agregó que “desde el Congreso hemos ido aprobando una serie de leyes que esperamos puedan aportar ara contar con una gran participación en las elecciones de noviembre”.
La parlamentaria explicó que “esta ley se hace cargo de la especial y difícil geografía de Chile y las dificultades que existen para que las personas en regiones y zonas alejadas se trasladen a su local de votación, ya que muchas veces eran asignados a establecimientos muy alejados o, incluso, los integrantes de la familia votaban en locales distintos, lo que dificultaba la participación electoral”.
La nueva norma establece un procedimiento para definir, antes de cada elección, el local de votación para cada elector, privilegiando la cercanía al domicilio electoral. De esta forma, un mes antes de la elección o plebiscito, el Servel definirá las mesas receptoras de sufragios, los locales de votación y los electores en cada mesa. El Servel deberá procurar que el local de votación sea el más cercano al domicilio electoral respectivo. Si no hay información del domicilio electoral o es incompleta, se asignará al elector a cualquiera de los locales de la circunscripción. “
La ley aprobada también define un nuevo procedimiento para la designación de los vocales, que permite elegirlos no solo de los electores de una mesa determinada, sino que del local de votación en que funciona.
Finalmente, la diputada Joanna Pérez informó que se informó el proyecto -que presentó junto a otros parlamentarios- para que se establezca un procedimiento de desinscripción voluntaria del registro electoral. El texto complementa la reforma en trámite que restablece el voto obligatorio. En ese sentido, incorpora la opción de desinscripción presencial o a través del sitio web del Servicio Electoral, solamente para la próxima elección o plebiscito.