A partir de este viernes 5 de agosto, el Instituto de Previsión Social, IPS, iniciará los pagos a un primer grupo de beneficiarias y beneficiarios del Bono Chile Apoya de Invierno, aprobado hace pocos días a través de la Ley N° 21.474. De esta manera, se adelantarán en varios días los primeros pagos, inicialmente previstos para el 16 de agosto.
Así lo indicó la Seremi del Trabajo y Previsión Social, Maribel Torrealba Retamal, quien junto al Director Regional del IPS Maule, Waldo Quevedo Araya, dieron a conocer detalles de lo que será este bono, cuyo valor corresponde a $120.000 por persona beneficiada, y para el cual, indicaron, no es necesario postular, dado que el Estado generará las nóminas de personas que cumplen los requisitos.
“Los equipos del IPS han realizado un intenso trabajo para procesar las nóminas masivas de pago, a muy pocos días de publicada la Ley de este beneficio, lo que nos permitirá adelantar al 5 de agosto el pago al primer grupo de más de 4 millones y medio de personas que comenzarán a recibir este beneficio” explicó la seremi Maribel Torrealba.
“Las primeras personas beneficiadas podrán conocer su lugar y fecha de pago desde el 5 de agosto a través del sitio web www.bonoinviernochileapoya.cl o en www.chileatiende.cl. También nos ocuparemos de depositar el pago a cerca del 80 % de los beneficiarios en sus cuentas RUT, porque nos interesa que este beneficio llegue fácilmente a las personas que lo necesitan”, agregó el director regional del IPS.
De acuerdo con estimaciones del Ministerio de Hacienda, este bono extraordinario, al que no se necesita postular, irá en beneficio de un total de 7 millones y medio de personas una vez concluidos los dos procesos de pagos masivos.
¿Quiénes tienen derecho al Bono Extraordinario Chile Apoya de Invierno?
El Bono se entregará en beneficio de las siguientes personas:
1.Causantes del Subsidio Familiar y de Asignación Familiar y Maternal al 31 de diciembre de 2021, cuyos beneficiarios recibieron el respectivo pago de la asignación a esa fecha.
2.Personas beneficiarias del Bono de Invierno al 31 de mayo del 2022.
3.Personas beneficiarias del Aporte Previsional Solidario de Invalidez y la Pensión Básica Solidaria de Invalidez al 30 de junio de 2022 y que perciban ese aporte en el mes de julio de 2022.
4.Personas beneficiarias del Subsidio por Discapacidad Mental (Ley N° 20.255, art. 35) al 30 de junio de 2022 y que recibieron ese aporte en julio de 2022.
5.Familias usuarias del subsistema “Seguridades y Oportunidades” (Ley Nº 20.595), al 1 de agosto de 2022, por sus integrantes, que no hayan sido considerados en los puntos anteriores, y que cumplan con uno de estos requisitos: personas con discapacidad acreditada (Ley N° 20.422); personas sujetas de cuidado del Programa de Pago de personas en situación con discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social y Familia; personas con dependencia moderada o severa (módulo salud del RSH); estudiantes de Educación Especial o con necesidades especiales permanentes de Programas de Integración Escolar de establecimientos reconocidos por el Mineduc; mayores de 60 años y menores de 18 años.
6.Hogares pertenecientes al 60 % más vulnerable en el Registro Social de Hogares, por sus integrantes, que no hayan sido considerados en los puntos anteriores, y que cumplan con uno de estos requisitos: que sean integrados por personas con discapacidad acreditada (Ley N°20.422); por personas sujetas de cuidado del Programa de Pago de personas con discapacidad del Ministerio de Desarrollo Social y Familia, personas con dependencia moderada o severa (módulo salud del RSH); por estudiantes de Educación Especial o con necesidades especiales permanentes de Programas de Integración Escolar de establecimientos reconocidos por el Mineduc; o por personas mayores de 60 años y menores de 18 años.
¿Quiénes son las primeras personas que comenzarán a recibir el Bono desde el 5 de agosto?
El primer grupo por pagarse desde el día 5 de agosto en adelante corresponde a más de 4 millones y medio de bonos para los siguientes grupos:
∙Causantes de Asignación Familiar, Maternal o Subsidio Familiar (SUF), que tenían ese beneficio vigente al 31 de diciembre de 2021.
∙Personas que recibieron el Bono de Invierno 2022.
∙Personas con Aporte Previsional Solidario de Invalidez o Pensión Básica Solidaria de Invalidez al 30 de junio de 2022.
∙Beneficiarios y beneficiarias de Subsidio por Discapacidad Mental (SDM) al 30 de junio de 2022.
¿Cuándo recibirán el beneficio las demás personas con derecho?
La segunda nómina de pagos -correspondiente a familias del Subsistema de Seguridades y Oportunidades y a hogares del 60 % más vulnerable- se preparará con la información que entregará el Ministerio de Desarrollo Social y Familia, de acuerdo con la actualización del Registro Social de Hogares. Esa segunda fecha de pago -durante el mes de agosto- se informará oportunamente una vez realizadas las actualizaciones del Registro.
¿Es necesario postular?
No. Este beneficio se concederá automáticamente a las personas que cumplan alguna de las condiciones que señala la ley para recibirlo.