El Defensor Nacional Carlos Mora Jano, aseguró este domingo que el fallo de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que acogió de manera unánime un recurso de amparo en favor de 41 internas del Centro Penitenciario Femenino de San Miguel, ordenando la presencia permanente de un médico tras la muerte de una de ellas por falta de atención, es una importante señal.
“Conecta con varias ideas: en primer término, que para las personas encarceladas el único derecho afectado es la privación de libertad, conservando las demás garantías que les confiere la legislación, respecto de las cuales el Estado es garante”, dice el abogado en una carta al director publicada en El Mercurio.
“Asimismo, como órgano del Estado, Gendarmería está obligada a disponer de los recursos necesarios para garantizar adecuadamente el ejercicio de todos los derechos de las personas sometidas a su resguardo y responsabilidad”, agrega Mora Jano, aludiendo a Mylene Cartes, quien falleció el pasado 29 de enero por una eventual falta de atención médica oportuna al interior del penal donde se encontraba recluida.
“Lo ocurrido refuerza la urgente necesidad de abordar el excesivo uso de la prisión preventiva y el hacinamiento de las cárceles en Chile, situación que como Defensoría hemos denunciado durante años”, insistió, puntualizando que “tal como se ha referido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es oportuno enfatizar la obligación de los Estados de tomar en consideración la vulnerabilidad y atención que deben recibir las mujeres privadas de libertad, especialmente si están embarazadas o en lactancia, por ejemplo”.
“En definitiva, valoramos la importante señal que nos deja este fallo, pues es deber del Estado proteger a las mujeres contra toda forma de discriminación y violencia, más aún cuando se encuentran bajo la custodia estatal”, puntualiza la máxima autoridad de la Defensoría Penal Pública.
El fallo en cuestión
En fallo unánime, el pasado viernes 11 de febrero el tribunal de alzada de San Miguel admitió la acción judicial interpuesta por las Defensorías Regionales Metropolitanas, a través de las defensoras regionales Daniela Báez y Mitzi Jaña (S), ordenando –además- que sea el Ministerio de Justicia el responsable de dar cumplimiento a lo resuelto.
De esta manera, la entidad carcelaria debe modificar las medidas que regían hasta entonces y terminar con las visitas esporádicas de personal de salud.
El recurso de amparo fue interpuesto en favor de internas de la cárcel de San Miguel, y en él se reprochaban las condiciones de salud en las que se encontraba un grupo de mujeres recluidas.
Según ordenó el dictamen, Gendarmería de Chile debe disponer la presencia durante las 24 horas del día de -al menos- un médico para la evaluación y atención de las internas, y la derivación en su caso, a centros hospitalarios pertinentes cuando se requiera.
Además, estableció que se asegure la concurrencia de un ginecólogo a lo menos, una vez a la semana; adquirir todos los elementos necesarios para las primeras atenciones de urgencia de las internas; y adecuar los protocolos de emergencia.