El pasado 24 de enero, se cerró el llamado “caso bomba”, luego de que quedara firme y ejecutoriada la sentencia dictada por el Tribunal de Garantía de Talca, en la que el juez Víctor Rojas condenó en audiencia de procedimiento abreviado a los hermanos gemelos I.A.M. y L.A.M. a la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva por el periodo de tres años y un día.
Con un poco más de un año de investigación, ambos imputados fueron condenados por el delito de conductas terroristas por los hechos ocurridos en la Tenencia de Cancha Rayada de Talca, el 26 de noviembre de 2020, cuyo proceso finalizó en audiencia realizada el 17 de enero de 2022. Allí, tanto Fiscalía como la Defensoría Penal Pública, expusieron los argumentos que llevaron al magistrado Rojas reconocerle a los jóvenes su irreprochable conducta anterior, colaboración sustancial en la persecución de los hechos y una historia familiar, social y comunitaria que apoye el proceso de resocialización.
El defensor de los imputados en la causa, Rodrigo Flores Ulloa, quien además es jefe de la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional del Maule, explicó los alcances de un exhaustivo proceso investigativo y entregó detalles de las conversaciones que dieron curso a la decisión de efectuar un procedimiento abreviado que derivó en que los hermanos recuperaran su libertad.
Este fue un caso complejo, ¿cómo finaliza en un procedimiento abreviado?
El día 17 de enero del 2022 se llevó a cabo un procedimiento abreviado, que había sido acordado previamente junto al Ministerio Público y con los querellantes que intervinieron en esta causa, la Delegación Presidencial y Carabineros. Para alcanzar este acuerdo, el Ministerio Público recalificó los hechos a una figura penal que les permitiera el otorgamiento de una pena sustitutiva y se les reconoció a los imputados la colaboración sustancial con el esclarecimiento y aceptación de los hechos.
En ese contexto, la pena quedó radicada en tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y en este nuevo escenario la defensa instó por el otorgamiento de la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva.
En dicha audiencia expusimos una serie de antecedentes que, en concepto de esta defensa, permitían concluir que el otorgamiento de la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva para ambos imputados era suficiente para lograr los fines de la sanción y para asegurar que en lo sucesivo no se vieran involucrados en algún tipo de delito.
¿Cuáles son esos antecedentes?
Ambos jóvenes cuentan con recursos para cumplir una pena en el medio libre, tanto a nivel personal como familiar, siempre han mantenido una escolarización regular, la que han cumplido de forma sobresaliente, obteniendo las más altas calificaciones durante toda su enseñanza básica y media. En la actualidad, ambos cursan estudios universitarios y cuentan con una extensa red familiar y social que se constituye en un gran apoyo. Ambos cuentan con recursos personales suficientes para el cumplimiento de una pena en libertad y en función de aquello sostuvimos esta petición y permitió que el tribunal otorgara en definitiva la pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva que va a ser cumplida por el periodo de 3 años y 1 día.
¿Qué motivos gatillan llegar a un procedimiento abreviado?
Una de las situaciones que se tuvo a la vista para arribar a este procedimiento abreviado fueron las reiteradas solicitudes de ampliación de plazo que fueron solicitadas por parte del Ministerio Público. Esta causa originalmente tuvo un plazo breve de investigación que estaba regulado en 4 meses, pero al cumplir el plazo se solicitó una ampliación. Luego, al vencer esa ampliación se solicitó una nueva e inclusive, para esta fecha en la que llevamos a cabo el procedimiento abreviado se había solicitado una nueva ampliación del plazo.
Evidentemente, esta investigación se fue extendiendo más allá de lo que originalmente se previó y por lo pronto no se avizoraba un pronto término, lo que significaba extender en demasía esta privación de libertad.
Otro elemento que se tuvo a la vista por los imputados fue la baja posibilidad de tener un juicio oral presencial y en un tiempo cercano. La recarga del Tribunal Oral en lo Penal de Talca fue otro aspecto a considerar. Sabemos que al día de hoy tenemos una agenda que está completa para el año 2022 y ellos miraban con preocupación cuál iba a ser la fecha probable en la cual se pudiese llegar a resolver su causa. Entonces, estábamos pensando en el año 2023 y eso significaba una serie de consecuencias para ellos. Recordemos que ellos estaban cursando sus estudios universitarios y todo este tiempo en el cual sus estudios están paralizados, más todo ese tiempo en que se pudiera extender la privación de libertad iba a producir afectación en su proceso de estudios. Todos estos factores fueron siendo observados y analizados por ellos, en conjunto por nosotros, y nos llevaron a concluir que, en este escenario, la propuesta de procedimiento abreviado, en los términos en que se ofreció, era una propuesta que satisfacía sus intereses y entregaba una oportunidad para recobrar la libertad.
¿Cómo se construyó la estrategia de defensa?
Desde un comienzo asumimos la representación de ambos imputados, desde la fecha de formalización en mayo del 2021. Durante todo este proceso, en conjunto a ellos, pudimos desarrollar una estrategia, una teoría del caso, la cual fuimos ejecutando progresivamente y actualizando según los resultados iban apareciendo. Esta investigación, por la naturaleza de los hechos que estaban siendo investigados, fue compleja, no son delitos de común ocurrencia, y la verdad no tengo el recuerdo que regionalmente en la Defensoría hayamos tenido una investigación de esta naturaleza, por lo menos en los últimos 10 años, y eso lleva exigir al máximo nuestra potencialidad y creatividad en términos de diseñar las acciones que vamos a llevar adelante.
¿Qué tipo de diligencias pudo realizar la defensa?
Durante esta investigación pusimos todos los recursos que estaban a disposición de la Defensoría Penal Pública para poder llevar adelante el ejercicio de defensa de ambos imputados y eso significó que durante la investigación se realizaron a lo menos tres peritajes científicos, donde uno de ellos fue encargado al DICTUC de la Pontificia Universidad Católica de Chile, donde se hizo análisis del artefacto y maquetas que habían sido construidas en el marco de la investigación.
Se hicieron peritajes balísticos, bioquímicos, sociales, psicológicos en cuales intervinieron en ambos imputados, llevamos adelante peritajes investigativos criminalísticos muy específicos para poder identificar potenciales comercios en los cuales se distribuían los elementos que habían sido parte de u objeto de este artefacto explosivo.
También tuvimos la oportunidad de contar con apoyo médico forense, en donde analizamos las secuelas que habrían generados el artefacto en la salud de los funcionarios e hicimos metaperitaje respecto de las lesiones que habrían sufrido las personas que habrían tenido contacto directo y que habrían intervenido con este artefacto.
Además, contamos con información valiosa que fue entregada por el profesor José Luis Guzmán Dálbora, que evacuó un informe en derecho que se hacía cargo de algunos aspectos relevantes y sobre los cuales no existía precisión que se encontraban relacionados a algunas normas de la ley de control de armas.
En este caso no sólo se observa un importante proceso investigativo por parte de la Defensoría sino que, además, plantean una postura respecto de la prisión preventiva Los imputados estuvieron privados de libertad desde el inicio de esta causa, la cual se extendió por 236 días. Se llevó a cabo, en un comienzo, en el penal de Talca y a los pocos días, fueron trasladados a Rancagua, porque de acuerdo a lo informado por Gendarmería, no se contaban con las condiciones de seguridad para albergar a personas que estaban siendo investigadas por delitos de esta naturaleza. Lo que, además, generó un desarraigo importante, porque su familia, que es de un sector rural de la región, tenía que hacer tremendos esfuerzos en plena pandemia para trasladarse y tener una visita o tener contacto con sus hijos, no más allá de una vez al mes.
Por eso, hoy podemos decir que la privación de libertad fue excesiva como medida cautelar. Fue desproporcionada a la luz de los resultados que se tuvieron en esta causa, donde encontramos que a ambos imputados se les otorgó una pena sustitutiva de libertad vigilada intensiva. Por eso volvemos a afirmar que no era necesaria la privación de libertad y fue algo que sostuvimos desde un comienzo.
Consideramos que, dadas las particularidades de los adolescentes, las características de personalidad, las redes con las cuales contaban ellos, no se justificaba la privación de libertad y que en este caso se estaba llevando a cabo sin fundamento plausible. Y a la vista de los resultados, queda patente que la prisión preventiva fue desproporcionada, porque ellos se encuentran hoy cumpliendo la sanción en medio libre, y sin embargo debieron pasar toda la investigación privados de libertad.
¿Había otras cautelares aplicables para un caso como este?
Sostuvimos desde un comienzo que esta medida cautelar no era la única medida que podía asegurar los fines del procedimiento y que había otras, como las previstas en el artículo 155, que aseguraban los fines del procedimiento, pero no fuimos oídos.
Ello fue sostenido al oponernos a la medida de cautelar de prisión preventiva en la audiencia de formalización, luego lo sostuvimos también ante la Ilustre Corte de Apelaciones de Talca y también lo reiteramos en la revisión de medidas cautelares que realizamos en el curso de este proceso. Lamentablemente, nuestros argumentos no fueron oídos en esa oportunidad y entonces se mantuvo la privación de libertad de los jóvenes, lo que queda en evidencia su desproporción hoy día, toda vez que ellos van a cumplir su condena en libertad.
¿Qué reflexiones quedan tras el cierre del caso?
Que este resultado que hoy valoramos positivamente se logra no sólo por el trabajo de quien estaba dirigiendo la defensa y asistiendo a las audiencias, sino que hay todo un trabajo de un equipo que estaba al servicio de esta investigación.
Toda la Unidad de Estudios de la Defensoría Regional del Maule contribuyó en este trabajo, particularmente contamos con el apoyo e investigación de muchachos que estaban haciendo su práctica profesional en la Unidad, quienes con mucha dedicación y esmero fueron capaces de sistematizar la jurisprudencia que existía en materia de artefactos explosivos, revisando y traduciendo papers que sirvieron como insumo para llevar adelante esta investigación.
A este trabajo valiosísimo de estos jóvenes que estuvieron involucrados en esta causa, también destacar la colaboración de la Defensoría Nacional. Nosotros tuvimos reuniones de trabajo con el Departamento de Estudios y con distintos profesionales que se desempeñan allí que entregaron distintas miradas y contribuyeron a la construcción y desarrollo de la teoría del caso.
Aquí no sólo hay un trabajo de un defensor, sino que de un gran equipo que lo sostiene. Y esto uno debe unirlo al trabajo de todos los profesionales que participaron también en esta investigación y aportaron sus peritajes. Uno debe destacar que los grandes resultados o los mejores resultados se obtienen cuando se es capaz de integrar otras miradas, cuando somos capaces de integrar los aportes que nos van entregando distintos profesionales desde sus áreas, así podemos ir construyendo un mejor trabajo y podemos tener un mejor resultado.