La Cámara de Diputados despachó a ley el proyecto que establece una nueva regulación que tipifica y sanciona delitos terroristas tras aprobar el informe de la comisión mixta.
El texto es parte de la “Agenda de seguridad” y es una iniciativa que suma un mensaje refundido con cuatro mociones de senadores. Se aprobó con 102 votos a favor, 17 en contra y 13 abstenciones.
La nueva normativa sanciona la asociación terrorista y establece delitos y penas acordes al grado de implicación en la organización terrorista.
El informe de la comisión mixta resolvió dos puntos de discrepancia pendientes entre la Cámara y el Senado: incorporación de medidas de interceptación de comunicaciones y el cambio excepcional de jurisdicción de una causa, en situaciones de alta connotación.
Con esta aprobación, el texto quedó en condiciones de ser promulgado por el Presidente de la República.
Punto que destacó la ministra del Interior, Carolina Tohá. Además, enfatizó que esta ley tiene su fin en la persecución de organizaciones terroristas y el terrorismo individual.
En específico, en el caso de la interceptación, la comisión mixta recogió, mayoritariamente, la disposición aprobada en la Cámara. Esta dispone -en su artículo 19- que en la investigación de delitos regidos por esta ley, a petición del Ministerio Público, el juez podrá ordenar la intervención de una o más redes de servicios de telefonía o de transmisión de datos móviles.
Esta interceptación también podrá ser solicitada en casos de delitos vinculados a las leyes sobre tráfico de drogas, control de armas y asociación ilícita.
Esto, mediante el uso de tecnologías que simulen sistemas de transmisión de
telecomunicaciones u otras tecnologías similares para monitorear las direcciones IP, georreferenciación o localización de dispositivos.
Los registros obtenidos que sean impertinentes o irrelevantes para la investigación deberán ser eliminados de todo registro. Asimismo, la comisión mixta precisó que el Fiscal Nacional dispondrá los procedimientos de almacenamiento, conservación y destrucción segura de los registros obtenidos.
Por último, el uso indebido de esta facultad dará lugar a responsabilidades disciplinarias, sin perjuicio de las sanciones penales que correspondan.