A casi dos semanas del inicio del proceso, la Operación Renta 2026 comienza a entrar en una etapa decisiva, marcada por un aumento en el flujo de declaraciones ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) y por el interés de miles de contribuyentes que aún no completan el trámite.
El proceso, iniciado el 1 de abril, contempla distintos plazos según el tipo de contribuyente, concentrándose principalmente entre abril y comienzos de mayo, de acuerdo con el calendario definido por el Servicio de Impuestos Internos.
Uno de los aspectos más relevantes para los contribuyentes es precisamente el calendario de devoluciones, el cual depende directamente de la fecha en que se realice la declaración.
- Quienes declaren entre el 1 y el 8 de abril recibirán el pago en forma anticipada el 29 de abril.
- Las personas que declaren entre el 9 y el 23 de abril recibirán su depósito el 15 de mayo.
- Quienes hagan el trámite entre el 24 de abril y el 8 de mayo, tendrán su transferencia el 27 de mayo.
- Los pagos con cheque se realizarán, independientemente de la fecha de declaración, el 29 de mayo.
Las fechas indicadas corresponden al calendario referencial informado por el SII, el cual puede variar o verse afectado en casos de observaciones, retenciones judiciales, inconsistencias en la declaración o revisiones posteriores.
En este contexto, expertos advierten que postergar el trámite puede tener consecuencias tanto en tiempos de devolución como en la calidad de la información declarada.
A ello se suma que las declaraciones presentadas en fechas posteriores enfrentan con mayor frecuencia procesos de revisión automática, derivados de cruces de información efectuados después de los primeros ciclos.
Marcelo Sanzana, Docente de la Universidad del Alba, llaman a no confiarse en la amplitud de los plazos y a revisar cuidadosamente la información antes de enviar la declaración.
“Estamos en un momento clave del proceso. Muchas personas creen que pueden dejar la declaración para el final sin mayores efectos, pero lo cierto es que eso aumenta el riesgo de errores y retrasa beneficios como la devolución de impuestos. Declarar temprano hoy es una decisión financiera”, explica el académico.
El especialista enfatiza que, si bien el sistema del SII ofrece propuestas automáticas, estas deben ser revisadas en detalle, especialmente en casos de contribuyentes con ingresos por honorarios, múltiples empleadores o beneficios tributarios.
“La propuesta del SII es una buena base, pero no reemplaza la revisión del contribuyente. Diferencias en ingresos, cotizaciones o beneficios pueden impactar directamente en el resultado final. Un error hoy puede traducirse en fiscalizaciones o pérdida de dinero”, agrega.
Además, recalcan que quienes declaran anticipadamente no solo reducen el riesgo de inconsistencias, sino que también acceden a los primeros ciclos de devolución, lo que en la práctica puede significar recibir recursos semanas antes.
Cabe recordar que la responsabilidad final de lo declarado recae siempre en el contribuyente, aun cuando la información provenga de una propuesta elaborada por el SII.
¿Quiénes deben realizar la declaración de renta?
Si estás en los siguientes casos, tienes la obligación de presentar tu declaración de Renta este año:
- Tuviste ingresos anuales superiores al monto exento equivalente a 13,5 UTA, salvo que correspondan exclusivamente a sueldos de un solo empleador
- Tuviste más de un empleador o pagador.
- Percibiste rentas a honorarios, caso en el cual se debe efectuar el proceso de cotización previsional obligatoria, con posibilidad de optar por el mecanismo gradual establecido en la normativa vigente.
- Solicitaste el Préstamo Solidario COVID-19, ya que en la Operación Renta correspondiente se calculan y pagan las cuotas anuales que fija la ley.
- Creaste un emprendimiento en 2025 (recibiste ingresos por la venta de productos y/o prestación de servicios).
- En el caso de las empresas, todas tienen que presentar su Declaración de Renta.
Se mantendrá la aplicación de retenciones automáticas para contribuyentes con deudas vigentes por pensión de alimentos y por Crédito con Aval del Estado, conforme a los registros informados a la Tesorería General de la República
La Operación Renta se mantendrá activa hasta fines de abril —con extensiones acotadas hacia mayo—, por lo que aún existe margen para cumplir con el proceso, aunque con un llamado claro: evitar la congestión de última hora y realizar una declaración informada y oportuna.
Ojo: año nuevamente se aplicará el procedimiento de retención para los deudores de pensiones de alimentos y del Crédito con Aval del Estado.







