El Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) presentó una denuncia en contra de “Supermercado Ricos Pollos”, ubicado en la comuna de Romeral, región del Maule, con el propósito de que la justicia le aplique las máximas multas por haber infringido el derecho a la seguridad en el consumo y el deber de profesionalidad establecido en la Ley del Consumidor (LPC).
La decisión de interponer esta denuncia se tomó luego de analizar el informe elaborado por la Seremi de Salud del Maule, junto con revisar los antecedentes recopilados tras la declaración realizada ante SERNAC por parte del representante legal del supermercado.
El Director Regional (S) del SERNAC, Andrés Salas, explicó que mediante esta denuncia “buscamos que la justicia aplique el máximo de las multas a la empresa ante los graves hallazgos detectados, los que claramente pusieron en riesgo la salud y la seguridad de las personas consumidoras”.
El informe elaborado por la Seremi de Salud, el cual fue compartido a SERNAC, estableció una serie de hallazgos por parte del supermercado, entre ellos, diferentes tipos de carne con hongos y con mal olor, presas de pollos adobadas y congeladas sin rotulación, tutos de pollo descongelándose en un lavaplatos, personal con ropa sucia y sin elementos de protección, entre otros.
Ante estos hallazgos, la Autoridad Sanitaria determinó la clausura del supermercado, junto con confiscar y eliminar 1.200 kilos de carne que se encontraba en mal estado.
Por su parte, durante la declaración ante SERNAC, el representante legal del supermercado, reconoció varios hallazgos levantados por la Autoridad Sanitaria, y si bien la investigación desde el punto de vista sanitario aún no ha concluido, los antecedentes recopilados permiten establecer graves incumplimientos que pusieron en riesgo la salud de las y los consumidores.
Tras ser denunciada por SERNAC la empresa arriesga una multa de hasta 600 UTM, esto es, cerca de 40 millones de pesos.
Recordemos que la Ley del Consumidor establece que las personas consumidoras tienen derecho a la seguridad en el consumo, lo que implica que las empresas no pueden comercializar productos que puedan poner en riesgo la salud de las personas.
Además, la norma establece que los proveedores deben ser profesionales en la prestación de los servicios, y comenten infracción cuando, actuando con negligencia, causan menoscabo debido a fallas o deficiencias de calidad o seguridad.
¿Qué hacer?
La Ley establece una garantía para los productos perecibles, como las carnes, cuyo plazo es el indicado en el envoltorio o en su defecto, un máximo de 7 días, período donde el consumidor puede exigir el cambio del producto o la devolución en caso de algún problema.
Cuando un consumidor detecta alguna irregularidad en algún alimento, por ejemplo, que venga un cuerpo extraño al interior de un producto o que esté vencido, debe acudir a la Autoridad Sanitaria para que investigue y ordene los sumarios sanitarios correspondientes, ya sea se trate para productos envasados o que se expendan directamente al público.
En ambos casos, la autoridad de salud debe verificar las condiciones sanitarias de los procesos. Al mismo tiempo, esto le permitirá obtener las pruebas para solicitar su derecho a indemnizaciones ante los tribunales de justicia.
Los consumidores que sufran cualquier daño por un alimento en mal estado o alguna irregularidad, tienen derecho a exigir las indemnizaciones que correspondan.