En el marco de su Estrategia de Género y en línea con lo establecido por la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de Deudas de Pensiones de Alimentos (Ley N° 21.484), Corfo estableció nuevos criterios en sus procesos de postulación para sus programas de apoyo, de tal forma que quienes están en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos no reciban subsidios/cofinanciamiento.
Para ello, la Corporación ingresó modificaciones a las bases de sus instrumentos e incorporó como requisito exigible a los y las postulantes (personas naturales) no estar registrado como deudor/a de pensión de alimentos. Es más, esta condición será revisada por Corfo en distintos estados del proceso de postulación y adjudicación, esto es, tanto en la admisibilidad de los proyectos postulados, previo a la redacción del convenio de subsidio/cofinanciamiento, y antes de la transferencia de los recursos.
Cabe recordar que Corfo actualizó su Estrategia de Género donde establece un especial compromiso para enfrentar inequidades, barreras y brechas de género (“IBB”) en su gestión interna y externa. Esta determinación para aquellos deudores/as de pensión de alimentos, se suma también a otra serie de iniciativas de acción afirmativa como distintas convocatorias nacionales y regionales con enfoque de género.
Además, la Corporación otorga un cofinanciamiento adicional a aquellas empresas que son seleccionadas en programas sin enfoque de género, pero que demuestran tener un liderazgo femenino (el incremento es de al menos 10%).