Los concejales de Retiro Magaly Moya, Cristian Ramos y Gonzalo Espinoza presentaron una querella en contra del alcalde de la comuna, Rodrigo Ramírez Parra, por presunto delito de negociación incompatible por vía trato directo, potencial Fraude al fisco y eventual malversación de caudales públicos. El cuerpo legal fue admitido a tramitación por el Juzgado de Garantía de Parral que remitió los antecedentes al Ministerio Público para su investigación.
Según explicó Magaly Moya “no estamos motivados por revanchas ni intereses políticos. Sin embargo, como concejales fiscalizadores, es nuestro deber poner en conocimiento de la justicia una serie de irregularidades que han impactado y continúan afectando al municipio de Retiro, pero, sobre todo, a nuestros vecinos de la comuna”.
Agregó que “es imperativo que se investiguen a fondo estas situaciones para garantizar la transparencia y el correcto uso de los recursos públicos”.
Cristian Ramos apuntó que “como concejales tenemos la obligación de defender los recursos de todos nuestros vecinos. Por ello, presentamos estos antecedentes al ministerio público y se investiguen estos hechos que afectan el desarrollo equitativo de nuestra comuna”.
Gonzalo Espinoza recalcó que “después de una meticulosa investigación sobre los eventos en la Municipalidad de Retiro, realizada durante un prolongado período por parte de nosotros, los concejales, y equipos especializados, hemos interpuesto una querella por malversación de fondos públicos, un potencial fraude al fisco y negociaciones incompatibles a través de tratos directos, sumando una cifra que excede los 1600 millones de pesos. Los vecinos y vecinas de Retiro no deben cargar con los costos de la corrupción”.
Los antecedentes de la presentación realizada por los mencionados concejales son los siguientes:
“-Tratos Directos Luminarias 2021-2022: La municipalidad realizaría actuaciones que no se avienen con los procedimientos de compra de la ley N° 19.886, lo que se habría evidenciado, durante la investigación de CGR, en los tratos directos y fragmentación de compras asociada a la licitación pública ID 4511-21-LQ21 sobre “Mantención y Reparación de Alumbrado Público y Rural de la Comuna de Retiro”.
En el informe N.º E343241 / 2023, se indica que la mencionada licitación se revocó a través del decreto alcaldicio N.º 194, de 17 de enero del año 2022, por lo que se tuvo que modificar las condiciones técnicas, comprometiéndose la municipalidad a efectuar un nuevo llamado a licitación, el cual nunca se concretó, recurriendo a sucesivos y reiterados tratos directos con el proveedor Mario Hernán González Norambuena, por el servicio de mano de obra para la reparación de luminarias, por un monto de $4.000.000 IVA incluido, con cargo al presupuesto de $120.000.000 disponibles para la licitación en cuestión. Lo cual no resulta ajustado a derecho dado que, por una parte, las adquisiciones fundamentadas respecto de la letra j) del numeral 7, del artículo 10 del decreto N° 250, del año 2004, del Ministerio de Hacienda, fueron fijadas en cada orden de compra por un monto menor a las 100 UTM.
Sin embargo, en su conjunto las contrataciones directas con el mismo proveedor (29 en total) durante los periodos de año 2021 y 2022, asciende a un total de $117.978.038, superando el monto de 100 UTM. Asimismo, es necesario señalar que entre los periodos de año 2021 y 2022, se evidenció que la máxima autoridad comunal no contó con el cuerdo del concejo municipal, vulnerando la letra j) del artículo 65 de la ley N° 18.695, provocando un proceso de licitación alterado y disconforme con la legalidad, careciendo por tanto de objetividad, transparencia y faltando en la forma al proceso legalmente establecido.
-Tratos Directos con Proveedores Históricos: Al respecto, fue posible evidenciar que a lo menos 9 proveedores habían recibido tratos directos de forma injustificada, sin licitación pública, y, por ende, faltando al debido proceso establecido para dicha materia, con el aparente propósito de favorecer dichos proveedores, toda vez que, no existió motivo o justificación legal o circunstancial por parte de la entidad edilicia para dicho proceder.
Al utilizar este método de compras sin una justificación aparente, y no renovando los proveedores en a lo menos dos períodos alcaldicios consecutivos se posibilita el favorecer ilegalmente a diversos proveedores, vulnerando la Ley 19.886 de Compras Públicas que establece los procedimientos y formas de adquisición, y donde se advierte que la administración no podrá fragmentar sus compras, situación que se evidencia en el análisis de estos proveedores.
Contratación de personal vía tratos directos no fundamentados de servicios profesionales o técnicos 2023-2024. En el año 2022, la Municipalidad de Retiro no cumplió con varios deberes legales, incluyendo la presentación de objetivos para contratación a honorarios, así como políticas sobre licitaciones y recursos humanos.
Esto llevó a la imposibilidad de realizar contrataciones a honorarios en 2023, recurriendo en su lugar a la contratación de servicios técnicos y profesionales mediante la Ley de Compras, sin licitación. Las justificaciones para estas contrataciones directas fueron citadas, pero no se fundamentan adecuadamente.
Además, los proveedores contratados trabajan en instalaciones municipales, lo que plantea preocupaciones sobre imparcialidad y transparencia en los procesos de contratación.
Finalmente mencionar que al adjudicar bienes y servicios a proveedores mediante tratos directos sin justificación legal, sin contratos y fragmentados, las condiciones de la compra quedan sujetas al acuerdo entre ambas partes de palabra, al no existir documento físico que las avale. Lo cual podría permitir al alcalde utilizar su posición para negociar beneficios personales relacionados con la adjudicación de bienes y servicios.
-Situación de horas extras pagadas y no realizadas: Existen funcionarios contratados por el departamento de Educación pero que desempeñan sus funciones en otros departamentos con la autorización del alcalde, ya que dejó exentos a estos funcionarios del reloj de control, firmando solo un libro de asistencia. Como ejemplo grave, tenemos el caso de M.V.E.C. y C.L.B., quienes son relacionadores públicos de DAEM (Departamento de la educación de administración Municipal), y cumplen la función de administrar las redes sociales del alcalde. Estos funcionarios registran horas extras que no han sido trabajadas según confirmó el jefe de DAEM don Norberto Valenzuela.
Otro escenario similar ocurre con doña M.R.A., quien ha sido contratada por la ley SEP, sin embargo, se encuentra desempeñando sus funciones en Juzgado de Policía Local de la comuna de Retiro”.