Este 17 de diciembre hemos de concurrir a las urnas para expresar nuestra aprobación o rechazo respecto de la propuesta constitucional elaborada por el Consejo Constitucional, a partir del anteproyecto formulado por la Comisión de Expertos, desde el punto de partida de las llamadas 12 bases constitucionales acordadas previamente por la mayoría de las fuerzas políticas con representación parlamentaria.
Por mucho que algunos intenten desviar el foco del plebiscito hacia materias contingentes, lo que se terminará decidiendo es la norma suprema que nos regirá por un tiempo indeterminado.
Como el plebiscito es sobre la propuesta y las normas permanentes y transitorias que ella contiene, y no sobre otra cosa, me he permitido llamar la atención sobre la polémica disposición que eximirá del pago de contribuciones (impuesto territorial) a la vivienda principal, contenida en la letra “c” del numeral 29 del artículo 16 del texto propuesto, la cual indica: “El inmueble destinado a la vivienda principal del propietario, sea que la habite solo o con su familia, en su caso, estará exento de toda contribución e impuesto territorial”.
Las excepciones legales a esta exención solo podrán fundarse, en forma conjunta, en el alto avalúo fiscal de la vivienda principal y los ingresos del contribuyente y de su familia.
El desastre financiero que esta disposición provocará para la inmensa mayoría de los municipios de Chile sólo se entiende cuando se lee lo que se establece en la disposición Decimocuarta Transitoria de la propuesta, la que expresamente indica que la exención operará de pleno de derecho, por vía administrativa, a partir del 1 de enero de 2026. A su vez, mandata al Presidente a enviar un proyecto de ley, en el plazo de un año a partir de la entrada en vigencia de la Constitución, para compensar la disminución de los ingresos municipales que eventualmente se generen.
Según datos de la Tesorería General de la República, el Impuesto Territorial recaudó a nivel nacional un total de 1 billón 956 mil millones de pesos (alrededor de US$2.300 millones), cerca del 0,8% del PIB, el año pasado. Y este año, al primer semestre llevaba recaudado $1 billón 132 mil millones. Las comunas donde más se ha recaudado este impuesto durante el 2023 han sido Las Condes ($114.718 millones), Lo Barnechea ($57.930 millones) y Santiago ($57.395 millones).
Es así que los ingresos provenientes de este impuesto representaron cerca del 60% del fondo común municipal en 2022, principal fuente de financiamiento para la mayoría de los municipios de Chile. En efecto, en la Región del Maule, los presupuestos de nuestras comunas dependen en un 66% de los aportes de dicho fondo.
El problema empeora cuando observamos que la ley que eventualmente reponga esos recursos se podrá presentar hasta un año después de la entrada en vigor de la Constitución y sin un plazo determinado para su tramitación legislativa.
Con todo, la gran pregunta es ¿de dónde van a salir los $2.300 millones de dólares? Curiosamente el sector que impulsó esta norma es el mismo que se ha opuesto a realizar reformas tributarias desde 1990 en adelante.
Esta norma va a desfinanciar los municipios, especialmente a los más pobres y pondrá en peligro la atención de tareas y servicios básicos municipales, como recolección de basura, alumbrado público, mantención de áreas verdes, servicios de fiscalización y en general, el funcionamiento mismo de las municipalidades.
Una disposición así no puede ser parte de la futura Constitución. Como la norma ya es parte de la propuesta,una propuesta así se debe rechazar.
Rodrigo Poblete Reyes
Abogado