Estimaciones realizadas por el Ministerio de Salud indican entre un 75% y un 80% de los casos de abuso sexual en la población de niños y niñas no son denunciados. Es por eso que este miércoles 9 de agosto se presentó en la Cámara de Diputadas y Diputados, el proyecto de ley que introduce modificaciones al sistema penal y denuncia de delitos sexuales contra NNA.
La reforma al Código Procesal Penal y al Código Penal busca ampliar el espectro de personas obligadas a denunciar delitos, sancionando con penas de encubridores a los que deciden omitir denuncias de carácter sexual que involucre a menores de edad.
Entre los nuevos sujetos obligados a denunciar se encuentran las autoridades eclesiásticas y a quienes desempeñen cargos de autoridad en organizaciones que prestan servicios comunitarios, como corporaciones, fundaciones, organizaciones no gubernamentales u otras constituidas de conformidad a la ley.
La iniciativa, desarrollada por la diputada Bulnes, fue apoyada por parlamentarios de distintos sectores políticos y logró firmas de Carmen Hertz (Partido Comunista), actual vicepresidenta de la Cámara de Diputadas y Diputados, María Francisca Bello (Convergencia Social), presidenta de la Comisión de Mujeres, Clara Sagardia y Marcela Riquelme (Independientes), Jorge Rathgeb (Renovación Nacional), Erika Olivera (Demócratas) y Nelson Venegas (Partido Socialista).
“El proyecto de ley que he presentado tiene un objetivo muy preciso y es la protección de los niños, niñas y adolescentes. Como parlamentaria, pero también como abogada y madre de familia, la protección de los débiles, en este caso NNA es una de mis mayores preocupaciones y prioridades. Es indispensable tramitar rápidamente este proyecto y voy a realizar todas las gestiones necesarias para que la Comisión de Mujer y Equidad de Género lo ponga en tabla en la Cámara y que el Gobierno le de las urgencias necesarias a través del Ministerio de Justicia, a través del Ministerio de la Mujer y Equidad de Género” comentó la diputada Bulnes.
Legislación actual y penas
Actualmente, no existe un deber general de denunciar, pero la ley sí establece casos excepcionales de obligatoriedad como a las instituciones policiales, empleados públicos, personal de salud, de educación, entre otros.
Sin embargo, en el proyecto de ley de la diputada Bulnes, se explica que es fundamental ampliar el espectro de sanción, sobre todo tratándose de delitos sexuales, que normalmente se suscitan en contextos cerrados, en donde se utiliza la confianza como instrumento para vulnerar la indemnidad sexual de niños, niñas y adolescentes.
La sanción actual que se establece para una persona obligada a denunciar es una multa de una a cuatro unidades tributarias mensuales. Sin embargo, lo que se busca en esta modificación, es incorporar un nuevo inciso en el artículo 177 del Código Procesal Penal, que aumentaría esta pena, castigando la omisión con la misma sanción que la de un encubridor.
El texto explica que la sanción es insuficiente para aquellos individuos que quebrantan esta inhabilidad, lo que genera un debilitamiento de la efectividad y una vulneración de la confianza en el sistema jurídico, “con este propósito, consideramos que debe existir una sanción más dura respecto del quebrantamiento de la inhabilitación para trabajar con menores de dieciocho años, cuando esta inhabilitación tuvo como causa la comisión de delitos sexuales”, señala la modificación presentada por la diputada Mercedes Bulnes.
Además de esto, hoy en día varios delitos incorporan la sanción de inhabilitación, ya sea para trabajar con menores de edad, personas con discapacidad, personas mayores, y/o animales, lo que se encuentran reguladas con penas de reclusión menor en su grado mínimo o multa de seis a veinte unidades tributarias mensuales. Lo que se agrega con este nuevo proyecto es la sanción con reclusión menor en su grado medio a máximo.