En cada una de las manifestaciones del estallido social surgió espontáneamente un reclamo constante respecto a la precariedad de nuestros derechos sociales, en particular, el derecho a la vivienda, salud, educación y seguridad social. Esta semana, con grandes votaciones transversales dentro de la Convención, al fin se está dando respuesta a tan sentida aspiración.
Por 133 votos a favor se aprobó que toda persona “tiene el derecho a una vivienda digna y adecuada, que permita el libre desarrollo de una vida personal, familiar y comunitaria”. Un derecho tan sentido en la actualidad por la proliferación de campamentos fue aprobado dentro del pleno incluso con votos de parte de la derecha, pero hubo un sector, el del rechazo, que criticaron la norma porque no se garantizaba la “vivienda propia”. Pues bien, la vivienda digna no es sinónimo de propiedad, pudiendo cumplirse este derecho por parte del Estado con arreglo a otras fórmulas tales como arrendamiento, otorgamiento de viviendas en cooperativa, alojamientos de emergencia o propiedad colectiva. No es posible para una Constitución limitar tal derecho solo a la propiedad individual, debiendo dejar espacio para que una ley o política pública cumpla tal garantía atendiendo la variabilidad de necesidades, urgencias y cobertura.
Se aprobó también que “toda persona tiene derecho a la salud y bienestar integral, incluyendo su dimensión física y mental”, lo cual constituye una gran diferencia con la constitución actual que en Artículo 19 n°9 titula el “derecho a la protección de la salud” pero su texto establece el “libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo … sea que se presten a través de instituciones públicas o privadas”. Es decir, lo que se protege no es el derecho a la salud sino el acceso a la misma por prestadores públicos o privados, eximiendo al Estado de toda obligación para implementar políticas públicas que nos asegure una salud efectiva y de calidad.
En el mismo derecho a la salud se criticó esta semana un inciso aprobado que dispone el “Sistema Nacional de Salud, que este será de carácter universal, público e integrado”, argumentando que esta norma pone fin a la salud privada. No es así, lo que se plantea es que exista un sistema único de salud liderado por el Estado, pero integrado con el sistema privado que seguirá existiendo, tal como lo vemos en Inglaterra, España o Uruguay.
Esto significa que la cotización mínima obligatoria actual de un 7% irá a este sistema nacional de salud, sin perjuicio que cada uno pueda optar a ser atendido por instituciones públicas o privadas integradas. Sin embargo, si uno quiere mejorar en hotelería o cobertura podrá complementar su prestación de salud contratando seguros con instituciones privadas.
Es decir, las isapres podrán existir en otro rol, uno complementario, no sustituyendo la función del Estado que se busca fortalecer en su salud pública para así terminar el paradigma actual en que la buena salud solo es privada. Lo que hoy tenemos en materia de salud es una separación entre un sistema público y privado, que es la raíz de las desigualdades que existen en el acceso a la salud para la población chilena, al fomentar la segregación.
El COVID-19 nos mostró la necesidad de un sistema unificado, complementario y no competitivo, con suficientes recursos financieros, materiales y humanos, bien regulados, y por sobre todo orientados a promover la salud a quien lo necesita y no en base a los recursos que las personas aportan individualmente.
También el pleno aprobó por 114 a favor que “el Estado asegura a todas las personas el derecho a la educación “. Sin embargo, falta aún mejorar varios de los incisos de este enunciado que volvieron a la comisión, dentro de los cuales se encuentra que “los padres puedan elegir la educación de sus hijos”. Es decir, no es verdad que esto último haya sido rechazado como se ha intentado hacer creer, ya que fue aprobado originalmente por la comisión y ahora deben trabajar en mejorar su redacción.
Finalmente, se aprobó con 120 votos a favor que “La Constitución garantiza a toda persona el derecho a la seguridad social, fundada en los principios de universalidad, solidaridad, integralidad, unidad, igualdad, suficiencia, participación, sostenibilidad y oportunidad”. La crítica reiterada ha sido y nuevamente fue que no se haya agregado la inexpropiabilidad de los fondos de pensiones. Lo cierto es que el proyecto presentado por el gobierno para introducir una modificación a la actual constitución en que ninguna ley pueda expropiar dichos ahorros, constituye una jugada de ajedrez político para forzar a la convención a aprobar algo en el mismo sentido, ya que el peor de los mundos, pensando en la campaña por el apruebo, sería que la constitución actual contemple tal inexpropiabilidad y la futura no. Es fácil imaginar lo que sería una campaña por el rechazo recalcándolo.
Hubo varios otros derechos sociales aprobados, pero los cuatro comentados son un gran paso al Chile que se soñó en las calles. Los cambios que posibilitarán estos derechos serán lentos, años, y no pocos en algunos de ellos, no obstante, se comienza a dejar atrás el individualismo asfixiante para volver a lo que somos: seres sociales. Como decía Aristóteles “la sociedad es por naturaleza y anterior al individuo… … el que no puede vivir en sociedad o no necesita nada por su propia suficiencia, no es miembro de la sociedad, sino una bestia o un dios. “. No somos ni bestias ni dioses, solo seres humanos con empatía social.
José Ignacio Cárdenas Gebauer
Abogado autor del libro “El Jaguar Ahogándose en el Oasis”
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