Esta semana marca el hito histórico del fin del Estado Subsidiario creado por Jaime Guzmán en las “Actas Oficiales de la Comisión Constituyente” de fecha 13 de noviembre de 1973 que dieron el origen a la posterior Constitución de 1980. En tal comisión, integrada por los señores Sergio Díez Urzúa, Rafael Eyzaguirre Echeverría, Jaime Guzmán Errázuriz, Enrique Ortúzar Escobar y Jorge Ovalle Quiroz, se consagró expresamente: “El señor Guzmán, junto con participar de las ideas del señor Silva Bascuñán, destacó la importancia de consagrar el principio de la descentralización del Poder o de la “subsidiariedad”, entendiendo que la función del Estado es, en primera instancia, la de integrar y coordinar las diversas actividades del país, y solo, en subsidio, y en segunda instancia, la de asumir en forma directa una tarea específica …”
Tal subsidiariedad es consustancial al modelo neoliberal plasmado en la aún actual Constitución, que en palabras simples es la creencia en el mercado a ultranza, pregonando un Estado pequeño con preeminencia de los privados en la producción de los bienes públicos, puesto que solo de esa forma se garantizaría, según su pensamiento, una eficiencia dada por la competencia mercantil. El rol central lo desempeña el libre mercado que lo resuelve todo y el Estado debiera ser minimalista, pasivo o muy secundario. En el fondo, este Estado subsidiario nos dice “arrégleselas cómo usted pueda”.
Bajo las premisas del modelo neoliberal, la libertad de competencia genera producción creando el consiguiente crecimiento económico con el que como sociedad nos veríamos beneficiados. El problema es que el estallido social nos demostró que sus “bondades” no llegan a todos, ya que el solo crecimiento no basta para garantizar igualdad de oportunidades sin una debida redistribución en inversión social. “El chorreo es el único caso que viola la ley de gravedad, porque siempre chorrea para arriba y no para para abajo”, decía el economista chileno Manfred Max-Neef.
El Estado subsidiario se ve exacerbado cuando las ideas neoliberales no solo potencian su carácter libertario, en la que el Estado mantiene un rol subordinado al servicio del individuo, sino que también da supremacía a las libertades privadas por sobre los derechos esenciales del individuo. Esto se traduce en que la libertad real es para unos pocos, para quienes tienen mejor capacidad económica, ya que el resto está constreñido simplemente a subsistir como pueda. Lo correcto debiera ser la protección de ambos, libertad y derechos sociales, sin contraposición de unos por sobre otros.
Es tal la injerencia de este modelo subsidiario en la actual constitución de 1980 que el mismo primer artículo compele la misión del Estado a solo garantizar la autonomía o libertad de los grupos intermedios (sociedad civil) para cumplir sus fines, sin asumir ningún deber o liderazgo para asegurarnos derechos sociales mínimos. Más aún, al regular en su artículo 19 los derechos sociales de la salud, educación o seguridad social, lo que este Estado compromete es solo dar libertad de acceso para elegir entre instituciones privadas o públicas eximiendo todo deber estatal para hacer posible la efectiva realización material de tales derechos ya sea en cobertura, calidad y gratuidad.
Tal visión subsidiaria queda aún más de manifiesto con citas textuales como “Es deber de la comunidad contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la educación”. ¡Una paradoja!, no es un derecho de la comunidad, sino un deber, incurriendo en el absurdo que el Estado podría exigir a su comunidad que cumpla tal obligación”… por decir lo menos, insólito.
El nuevo “Estado social y democrático de derecho” aprobado en el pleno de la Convención implica un cambio total al paradigma expuesto. Ahora el Estado asumirá una posición activa, ni siquiera garantista sino un deber de proteger el bienestar de las personas y la sociedad, promoviendo no solo su libertad sino también la igualdad. La responsabilidad de estos deberes sociales descansará en el Estado, dejando al mercado la libertad para generar riqueza, incluso fomentando su emprendimiento, pero en el entendido que ahora el Estado no puede desatender su obligación de generar las condiciones mínimas de dignidad e igualdad de oportunidades. Es decir, no seremos simples consumidores en un mercado en que cada uno vale según lo que tenga en el bolsillo … ahora seremos ciudadanos con los mismos derechos y obligaciones.
“Estado social” es la materialización o construcción de tales derechos desde el mismo Estado, pero no de manera simbólica o secundaria, sino con liderazgo activo para concretarlo en los hechos; y “Estado democrático” es hacer que los privilegios que antes eran de pocos ahora sean derechos de todos con empoderamiento legal y ciudadano para exigirlos a través de distintos canales de participación incluso con iniciativas ciudadanas directas para proponer leyes.
En este nuevo mundo constitucional en creación, conceptos como solidaridad, libertad, igual goce de los derechos y la integración de las personas a una sociedad sin discriminación, abren la esperanza para un desarrollo individual efectivo, pero uno con un sentido empático colectivo en el que el Estado no podrá nunca más dar la espalda a su gente.
José Ignacio Cárdenas Gebauer
Abogado autor del libro “El Jaguar Ahogándose en el Oasis”
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