Un enérgico llamado al Gobierno y el poder legislativo hizo el alcalde de Talca, Juan Carlos Díaz, tras conocer el dictamen de Contraloría General de la República (CGR) que impide vender “gas popular” a los vecinos por ser una medida “inconstitucional”.
La entidad fiscalizadora aseguró que “las municipalidades podrán desarrollar actividades empresariales o participar en ellas solo si una ley de quórum calificado las autoriza, lo que no ha tenido lugar en la especie”.
Tras el veredicto de la CGR, el edil de Talca criticó la medida y dijo que “debe prevalecer el bien común”, ya que “hay muchas personas que no pueden adquirir productos esenciales, como el gas licuado”.
La autoridad comunal agregó que para una persona pensionada que recibe 155 mil pesos (Pensión Básica Solidaria) es imposible solventar sus gastos en base a la actual realidad: “Súmele la alimentación, el consumo eléctrico, agua potable, los medicamentos; la verdad que la ecuación no da por ningún lado. Eso no nos puede ser indiferente y tenemos que aunar los esfuerzos y buscar la fórmula para corregir esta inequidad. Estas desregulaciones, colusiones y abusos que se producen en el mercado, sobre todo en bienes y servicios esenciales”, dijo.
“Lo que tiene que prevalecer es el bien común, las personas, porque son ellos los que pagan en exceso por un bien esencial, como es el gas licuado que lo necesitan para calefaccionar, para cocinar”, expresó.
“Cuando hablamos de corregir las pensiones, bueno eso tiene sentido de urgencia. Esto también tiene sentido de urgencia. Hoy esos precios altísimos no permiten que estas personas alcancen a llegar a final de mes pagando los medicamentos en su momento y hoy los consumos básicos. Imagínense un balón de gas licuado cuesta alrededor de 14 o 25 mil pesos”, destacó.
El dictamen del ente contralor aclara que no se puede comparar la venta de medicamentos con el gas: “Cabe manifestar que la venta de gas por la que se consulta es una situación diversa de la analizada respecto de las farmacias comunales, las que se encuentran amparadas en las funciones de atención primaria de salud que el legislador radicó expresamente en las entidades edilicias”.