La Corte de Apelaciones de Talca acogió el recurso de amparo deducido en contra de la Intendencia Regional del Maule y ordenó dejar sin efecto la resolución exenta de expulsión del territorio nacional de un ciudadano ecuatoriano.
En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministro Hernán González García, Moisés Muñoz Concha y el abogado (i) Abel Bravo Bravo– estableció el actuar ilegal de la autoridad recurrida, al pretender la ejecución de una resolución dictada hace más de cinco años.
“Que la circunstancia de haberse expedido la orden de expulsión con fecha 28 de marzo de 2016, esto es, hace más de cinco años, hace posible que las circunstancias que se tuvieron a la vista para ese efecto pudieren haber cambiado, lo que hace necesario un nuevo estudio de los antecedentes respectivos”, sostiene el fallo.
La resolución agrega que “si bien el amparado ingresó al país por pasos no habilitados y, por ende, en forma clandestina, debe considerarse que su estadía en el país desde aquella época no puede considerarse de la misma naturaleza, toda vez que ha estado a disposición de la autoridad desde que se ha presentado regularmente ante la Policía de Investigaciones durante todo el lapso que media entre su reingreso al país el año 2015 y la actualidad”.
“Que, así las cosas, la resolución impugnada, atendido el tiempo transcurrido desde la fecha de su dictación y las circunstancias que rodean la estancia del amparado en el país, no se ajusta al derecho a la libertad personal que debe ser resguardado, motivo por el cual la presente acción constitucional será acogida, al afectar la libertad ambulatoria del ciudadano extranjero antes individualizado, sujeto a la medida de expulsión del territorio nacional”, añade.
Por tanto, se resuelve que: “SE ACOGE el recurso de amparo deducido por el abogado Claudio Marcelo Arellano Poblete, en representación de Walther Nicolás Coque Suárez, en contra de la Intendencia de la Región del Maule, y en consecuencia se deja sin efecto la Resolución Afecta N°2 de 28 de marzo de 2016, dictada por la Intendencia Regional del Maule, sin perjuicio de la facultad de esa Intendencia de reevaluar los antecedentes y resolver en consecuencia con el mérito de éstos”.